En 2026, la ayuda principal para instalar un ascensor en un edificio de viviendas de Baleares es la del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, en vigor desde el 24 de abril de 2026, que convoca el Govern balear. Cubre hasta el 70 % del coste, o el 80 % si en el edificio vive una persona mayor de 65 años o con discapacidad, con un máximo de entre 13.000 y 22.000 euros por vivienda.
A eso se pueden sumar las ayudas de algunos ayuntamientos y, según el caso de cada propietario, deducciones en el IRPF. La parte difícil no es saber que existen, sino llegar a la convocatoria con el acuerdo de la junta, el proyecto y el presupuesto preparados. En esta guía tienes cuánto cubre cada ayuda, qué pide y cómo se tramita en Mallorca, Menorca e Ibiza, con enlaces a los textos oficiales.
¿Qué ayudas hay para instalar un ascensor en Baleares en 2026?
Hay tres vías, y la primera es con diferencia la más importante para una comunidad de propietarios: el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que se tramita a través del Govern balear.
| Ayuda | Cuánto cubre | Quién la gestiona |
|---|---|---|
| Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, ayuda a la rehabilitación de edificios | Hasta el 70 % del coste (80 % con residentes mayores de 65 años o con discapacidad), con un máximo de 13.000 a 22.000 € por vivienda | Govern balear, por convocatoria publicada en el BOIB |
| Ayudas municipales a la rehabilitación | Según cada ayuntamiento | Algunos ayuntamientos, en convocatorias propias |
| Deducciones fiscales | Según el caso de cada propietario | Declaración de la renta |
El plan sustituye al anterior, el de 2022-2025. Las ayudas municipales dependen de cada ayuntamiento: Calvià, por ejemplo, abrió su convocatoria de rehabilitación de edificios y viviendas 2025-2026 en el BOIB del 23 de diciembre de 2025. Todas valen igual para la instalación de ascensores en Menorca y en Ibiza.
¿Cuánto cubre el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 para instalar un ascensor?
Según el artículo 99 del Real Decreto 326/2026, la ayuda a la accesibilidad cubre hasta el 70 % del coste de la obra, y hasta el 80 % si en la vivienda o en el edificio reside una persona mayor de 65 años o con una discapacidad reconocida de al menos el 33 %. El importe tiene además un máximo por vivienda.
- 13.000 euros por vivienda en el caso general, más 145 euros por metro cuadrado de local en planta baja si el local participa en el coste.
- 18.000 euros por vivienda si en el edificio vive una persona mayor de 65 años o con discapacidad de al menos el 33 %.
- 20.500 euros por vivienda si la discapacidad reconocida es de al menos el 65 %.
- 22.000 euros por vivienda si la obra hace el edificio plenamente accesible, aunque hoy no viva en él nadie con discapacidad.
Se aplica el límite que resulte menor: el porcentaje del coste o el máximo por vivienda. En una comunidad de ocho viviendas con una vecina de 70 años, por ejemplo, el tope sería de 144.000 euros (8 × 18.000) o el 80 % del presupuesto, lo que sea menor. Si quieres poner cifras a tu finca, tienes las horquillas de obra en cuánto cuesta instalar un ascensor en Mallorca en 2026.
¿Qué requisitos pide la ayuda a una comunidad de propietarios?
La ayuda pide cuatro cosas al edificio y a la comunidad, según el artículo 97 del Real Decreto 326/2026. Conviene repasarlas antes de la junta, porque alguna exige documentación que tarda semanas en conseguirse.
- Edificio terminado antes de 2006, salvo que la comunidad autónoma admita edificios más recientes.
- Proyecto de la obra, o memoria técnica si no hace falta proyecto, con el Libro del Edificio Existente archivado en el Registro de la Propiedad.
- Acuerdo de la comunidad de propietarios para hacer la obra.
- Coste ajustado a los precios medios de mercado.
Hay un detalle que en Mallorca cambia mucho la cuenta: la ayuda se reparte por coeficiente entre las viviendas que son domicilio habitual y permanente de quien vive en ellas. Las segundas residencias y los pisos vacíos no participan en el reparto, así que en una finca con varias viviendas de temporada la ayuda total baja. Para que la junta salga adelante, te explicamos las mayorías y quién paga en cómo aprobar la instalación de un ascensor en tu comunidad de vecinos.
¿Qué obras de ascensor cubre la ayuda?
La instalación de un ascensor nuevo está entre las obras de accesibilidad subvencionables, junto con salvaescaleras, rampas y la apertura automática de puertas. También lo están varias mejoras de un ascensor que ya existe, que coinciden con las que pide el Real Decreto 355/2024.
- La comunicación bidireccional en cabina y los dispositivos de alarma para casos de emergencia o atrapamiento.
- La mejora de la nivelación de la cabina y otros elementos de seguridad de utilización.
- Las obras complementarias en elementos directamente relacionados con la mejora de accesibilidad.
Es decir, la ayuda sirve tanto para poner un ascensor donde no lo hay como para adaptar uno antiguo. Si tu caso es el segundo, tienes el detalle en modernización de ascensores en Mallorca.
¿Cómo se pide la subvención del ascensor en Baleares paso a paso?
- Aprobar la obra en junta de propietarios, con el acuerdo recogido en acta.
- Encargar el proyecto técnico y el Libro del Edificio Existente.
- Pedir el presupuesto cerrado a una empresa instaladora habilitada.
- Presentar la solicitud en la convocatoria del Govern, por la sede electrónica de la CAIB, dentro de plazo.
- Ejecutar la obra en el plazo de la resolución: como máximo 36 meses desde la concesión.
- Justificar el gasto con facturas, certificados y pagos para cobrar la ayuda.
La ayuda se paga cuando la obra ha terminado y está justificada, aunque el Govern puede adelantar una parte si la comunidad aporta la licencia de obras y el certificado de inicio firmado por el arquitecto. Mientras tanto, la comunidad adelanta el coste, y por eso muchas financian la obra. Cada convocatoria fija sus plazos y si admite obras ya empezadas, así que conviene no firmar el contrato de obra hasta leerla.
¿Se puede sumar una deducción fiscal a la subvención del ascensor?
Según el caso de cada propietario, la parte de la derrama que paga puede dar derecho a deducciones en el IRPF. Las condiciones dependen de cada contribuyente y cambian de un año a otro, así que conviene revisarlas con quien te haga la declaración. Lo explicamos con ejemplos en me puedo deducir la derrama del ascensor.
Lo que sí es seguro es que la ayuda y la deducción se calculan sobre lo que de verdad paga la comunidad, así que un presupuesto claro, partida por partida, es la base de todo el expediente.
¿Dónde se publican las convocatorias de ayudas para ascensores en Baleares?
En el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la sede electrónica de la CAIB, que es donde se presentan las solicitudes. El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 deja a cada comunidad autónoma la convocatoria, así que los plazos, la documentación y el orden de concesión los marca la convocatoria del Govern.
Lo práctico es tener preparados el acuerdo de la junta, el proyecto y el presupuesto antes de que se abra. Si tu comunidad está en Mallorca y quiere llegar a tiempo, te ayudamos con toda la parte técnica: somos una empresa de ascensores en Mallorca con técnicos propios.
Preguntas frecuentes sobre las subvenciones de ascensor en Baleares
¿Se puede pedir la subvención del ascensor si la obra ya está empezada?
Depende de la convocatoria. El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 deja a cada comunidad autónoma la convocatoria de las ayudas, y es esta la que fija si admite obras iniciadas. Por eso, antes de firmar el contrato de obra o pagar la primera factura, conviene comprobar en la convocatoria del Govern balear qué fecha de inicio acepta.
¿Cuándo se cobra la subvención para instalar un ascensor?
Cuando la obra ha terminado y se ha justificado el gasto, según el Real Decreto 326/2026. El Govern puede adelantar una parte si la comunidad aporta la licencia de obras y el certificado de inicio firmado por el arquitecto. Mientras tanto, la comunidad adelanta el coste, así que conviene cerrar la financiación antes de empezar.
¿Cuánto puede cubrir la subvención por cada vivienda del edificio?
Hasta 13.000 euros por vivienda en el caso general, 18.000 si en el edificio vive una persona mayor de 65 años o con discapacidad de al menos el 33 %, 20.500 si la discapacidad es de al menos el 65 % y 22.000 si la obra hace el edificio plenamente accesible. Siempre con el límite del 70 % del coste, que sube al 80 % con residentes mayores o con discapacidad.
¿La subvención cubre la modernización de un ascensor que ya existe?
Sí, en parte. El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 incluye entre las obras de accesibilidad la comunicación bidireccional en cabina, los dispositivos de alarma y la mejora de la nivelación, que son mejoras que pide el Real Decreto 355/2024. El mantenimiento periódico, en cambio, no es subvencionable: lo paga la comunidad como titular del ascensor.
¿Quieres saber si tu comunidad puede pedir la ayuda?
En Eleva Balear preparamos la parte técnica de la solicitud: el estudio de la finca, el presupuesto cerrado partida por partida y la documentación del ascensor. La parte administrativa, como el acta de la junta, la prepara la administración de fincas o la propia comunidad, y la coordinamos contigo. Llámanos al 971 17 81 51 o escríbenos a quierosercliente@elevabalear.com y lo vemos sin compromiso. Siente la experiencia de estar en buenas manos.



