La Instrucción técnica complementaria de ascensores es la norma española que regula de manera detallada todos los aspectos relacionados con la seguridad, la puesta en marcha, el mantenimiento y las inspecciones periódicas de los ascensores. Su objetivo es garantizar que estos equipos de elevación funcionen en condiciones óptimas, protegiendo tanto a los usuarios como a los técnicos que trabajan en ellos. Desde julio de 2024 está en vigor una nueva versión, que actualiza y amplía las obligaciones tanto para comunidades de propietarios como para empresas conservadoras, instaladores y organismos de control.
Evolución de la Instrucción técnica complementaria de ascensores
La Instrucción técnica complementaria de ascensores tiene su origen en el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención aprobado en 1985. Desde entonces, se han aprobado distintas revisiones para adaptarse a los avances tecnológicos y a las normativas europeas. En abril de 2024 se publicó el Real Decreto 355/2024, que aprueba la nueva ITC AEM-1 y deroga las anteriores. Esta nueva norma entró en vigor el 1 de julio de 2024, con importantes novedades en materia de mantenimiento, inspecciones y mejoras de seguridad en ascensores ya existentes.
Ámbito de aplicación de la Instrucción técnica complementaria de ascensores
El alcance de la Instrucción técnica complementaria de ascensores es muy amplio. Afecta a todos los ascensores de uso público y privado, excepto algunos equipos especiales como montacargas de obra o plataformas industriales con características específicas. Sus disposiciones alcanzan a:
- Comunidades de vecinos con ascensor.
- Edificios de pública concurrencia.
- Ascensores en instalaciones industriales.
- Empresas instaladoras y de mantenimiento.
- Organismos de control autorizados.
De esta forma, se establece un marco legal común que homologa los requisitos mínimos de seguridad y funcionamiento en todo el territorio español.
Principales obligaciones para los titulares de ascensores
Uno de los apartados más relevantes de la Instrucción técnica complementaria de ascensores es el que fija las obligaciones de los titulares o propietarios de los equipos. Estos deben:
- Tramitar la puesta en servicio del ascensor ante la administración competente.
- Facilitar el acceso a la empresa conservadora y al organismo de control para las inspecciones.
- Conservar el manual de funcionamiento actualizado.
- Implementar las mejoras de seguridad obligatorias dentro de los plazos establecidos.
- Comunicar incidencias o accidentes cuando se produzcan.
Requisitos de mantenimiento en la Instrucción técnica complementaria de ascensores
El mantenimiento es una de las piedras angulares de la Instrucción técnica complementaria de ascensores. Cada aparato debe contar con un plan de mantenimiento preventivo, ajustado a la norma UNE 58720, que incluya revisiones periódicas y controles específicos de seguridad. Las empresas conservadoras deben elaborar un plan adaptado a cada instalación y conservar registros de todas las intervenciones.
Además, se establecen obligaciones como:
- Comunicar altas y bajas de contratos de mantenimiento a la administración.
- Revisar en profundidad cualquier ascensor que haya estado parado más de tres meses antes de su puesta en servicio.
- Emitir informes periódicos de conservación que puedan ser consultados por la comunidad de propietarios.
Inspecciones periódicas según la Instrucción técnica complementaria de ascensores
La seguridad de los ascensores se refuerza con un calendario de inspecciones técnicas obligatorias realizadas por organismos de control autorizados. La Instrucción técnica complementaria de ascensores fija distintos plazos en función del tipo de edificio y uso:
- Cada 2 años en edificios de pública concurrencia o de uso industrial.
- Cada 4 años en comunidades con más de 20 viviendas o que superen las 4 plantas.
- Cada 6 años en el resto de los casos.
En estas inspecciones se detectan posibles defectos, que se clasifican en leves, graves o muy graves. Si se encuentra un defecto muy grave, el ascensor debe quedar fuera de servicio hasta su corrección.
Medidas mínimas de seguridad obligatorias
Otro de los apartados centrales de la Instrucción técnica complementaria de ascensores es el de las medidas de seguridad que deben implantarse en los equipos ya existentes. Entre ellas se incluyen:
- Sistemas de nivelación precisa de la cabina para evitar desniveles en la parada.
- Cortinas fotoeléctricas u otros dispositivos que impidan el cierre de puertas sobre los usuarios.
- Protección contra movimientos incontrolados de la cabina con las puertas abiertas.
- Sustitución de guías de madera o contrapesos no homologados.
- Incorporación de sistemas de detección de sobrecarga.
- Mejora de la iluminación y la accesibilidad en el hueco del ascensor.
Estas medidas se aplican con plazos concretos que dependen de la antigüedad de la instalación y del tipo de deficiencia detectada en la primera inspección.
Responsabilidades de las empresas conservadoras
Las empresas de mantenimiento también tienen deberes muy precisos según la Instrucción técnica complementaria de ascensores. Deben:
- Estar habilitadas mediante declaración responsable.
- Elaborar y ejecutar planes de mantenimiento adaptados a cada aparato.
- Conservar la documentación técnica durante al menos diez años.
- Poner a disposición de los usuarios el manual de funcionamiento.
- Actuar de forma inmediata en caso de rescate de personas atrapadas.
Papel de los organismos de control
La Instrucción técnica complementaria de ascensores también regula el papel de los organismos de control. Estos son los encargados de realizar inspecciones iniciales y periódicas, verificar las modificaciones importantes en los ascensores y clasificar los defectos detectados. Además, deben comunicar los resultados a la administración autonómica y garantizar que los equipos cumplen los requisitos de seguridad.
Relación con la normativa europea
Un aspecto clave es la armonización de la Instrucción técnica complementaria de ascensores con la normativa europea. Esta ITC se alinea con la Directiva 2014/33/UE sobre ascensores y con el Reglamento europeo de máquinas, además de remitir a normas UNE como la EN 81-20 y la EN 81-21, que detallan los requisitos técnicos de diseño y seguridad.
Impacto para comunidades de propietarios
Para las comunidades de vecinos, la Instrucción técnica complementaria de ascensores supone un refuerzo de la seguridad pero también una mayor responsabilidad administrativa y económica. Deben prever las inversiones necesarias para adaptar los equipos a las nuevas exigencias, especialmente en edificios con ascensores antiguos. Aunque supone un esfuerzo, estas medidas se traducen en mayor fiabilidad, menos averías y un incremento notable de la seguridad de los usuarios.
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